Tribunal Administrativo de Boyacá niega apelación del Municipio de Tunja por incumplimiento en mantenimiento de reductores de velocidad
Palacio de Justicia de Tunja Boyac
El Tribunal Administrativo de Boyacá confirmó la vulneración de derechos colectivos por parte del Municipio de Tunja, rechazando la apelación presentada en relación con el mantenimiento y reparación de los reductores de velocidad ubicados en el barrio Los Muiscas.
En un fallo reciente, el Tribunal concluyó que el Municipio de Tunja no logró demostrar que había superado la vulneración de los derechos colectivos al goce del espacio público y a la seguridad vial, a pesar de sus afirmaciones en el recurso de apelación. El caso se originó a raíz de una demanda en la que se alegaba que el municipio había incumplido con sus obligaciones de mantenimiento y reparación de los reductores de velocidad en las diagonales 65, 66 y 67 del mencionado barrio.
El 6 de febrero, el Juzgado Quinto Administrativo Oral de Tunja había dictaminado que el municipio había violado los derechos colectivos al no tomar las medidas necesarias para mantener en buen estado estos dispositivos, fundamentales para la seguridad de los actores viales. En consecuencia, el juez ordenó al municipio ejecutar las obras necesarias en un plazo de tres meses.
El municipio apeló la decisión argumentando que ya había realizado las reparaciones requeridas, salvo en tres de los reductores, y que estaba comprometido a completar las obras restantes. No obstante, el Tribunal Administrativo de Boyacá señaló que, para que una apelación prospere en un caso como este, es necesario que se cumplan ciertos requisitos: la existencia inicial de una vulneración de derechos, el cese de dicha vulneración durante el proceso judicial, y la imposibilidad de impartir órdenes de amparo al momento de la sentencia debido a la superación del problema.
En su análisis, el Tribunal encontró que, aunque el municipio había mencionado la realización de ciertos trabajos, no presentó pruebas suficientes para demostrar que se habían superado completamente las deficiencias que llevaron a la acción judicial. Un informe presentado por el municipio el 9 de octubre de 2023, posterior a la inspección de los reductores, reveló que estos seguían en mal estado y requerían reconstrucción y señalización, lo cual no garantizaba la seguridad vial en el área.
Además, el Tribunal subrayó que la intervención efectuada por el municipio solo abarcó siete de los diez reductores mencionados en la sentencia, lo que implica que la vulneración de los derechos colectivos no se había resuelto completamente. Asimismo, desestimó los argumentos del municipio respecto a los desafíos administrativos y presupuestales derivados del cambio de administración, recalcando que estos no justifican el incumplimiento de las obligaciones hacia la ciudadanía.
En consecuencia, el Tribunal Administrativo de Boyacá mantuvo la decisión de primera instancia, ordenando al municipio cumplir con las obras de recuperación y mantenimiento de los reductores de velocidad, y reiterando que las demoras administrativas no deben afectar la protección de los derechos colectivos de los habitantes de Tunja.