Condenan al municipio de Tunja y al Consorcio La Esperanza por fallas estructurales en viviendas de la urbanización Portal de Otoño
En una sentencia de primera instancia, el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Tunja condenó solidariamente al municipio de Tunja, a los exintegrantes del Consorcio La Esperanza y al excurador urbano No. 2 de la ciudad, a pagar compensaciones por perjuicios materiales a varios propietarios de viviendas en la urbanización Portal de Otoño, ubicada en el oriente de la capital boyacense.
Fallas estructurales y peligro inminente
Los demandantes adquirieron sus viviendas entre 2007 y 2008, pero poco después, las construcciones empezaron a mostrar daños graves en su estructura. Esto fue atribuido a las características del terreno, una zona de cárcavas, lo que comprometió la estabilidad de las casas. El Comité de Prevención y Atención de Desastres (CLOPAD) confirmó los problemas estructurales, declarando que las viviendas eran inhabitables y que su situación representaba un riesgo inminente para las familias que aún residen en ellas. Sin embargo, las dificultades económicas han impedido el desalojo de algunos propietarios, a pesar del peligro.
Responsabilidad compartida
El fallo estableció que el municipio de Tunja incurrió en una omisión al no ejercer su deber de vigilancia y control durante la construcción del proyecto. La administración municipal no garantizó que las obras cumplieran con las normas técnicas y el plan de ordenamiento territorial. Además, las actas de entrega de las obras, firmadas por funcionarios municipales, no advertían sobre los riesgos relacionados con el terreno, a pesar de un estudio geotécnico que indicaba la necesidad de realizar medidas preventivas, como impermeabilización, drenaje y captación de aguas superficiales y subterráneas.
Consorcio La Esperanza ignoró recomendaciones técnicas
El Consorcio La Esperanza, encargado de la construcción de las viviendas, fue condenado por no atender las recomendaciones del estudio de suelos realizado por la empresa SERINCO LTDA. El estudio indicaba claramente que el terreno requería cuidados especiales para evitar daños estructurales, como la construcción de cimientos robustos y la implementación de sistemas de drenaje. Al ignorar estas advertencias, el consorcio entregó viviendas con problemas de estabilidad que se agravaron con el tiempo.
Omisión del curador urbano
El excurador urbano No. 2 de Tunja también fue declarado responsable por no condicionar la licencia de construcción en función de las características del suelo. A pesar de las claras recomendaciones técnicas, la licencia urbanística otorgada no mencionaba las particularidades del terreno, lo que permitió que el proyecto se ejecutara sin las medidas preventivas necesarias.
Indemnizaciones
El Tribunal Administrativo de Boyacá modificó parcialmente la decisión inicial, determinando que el municipio de Tunja deberá asumir el 30% de los daños, mientras que los exintegrantes del Consorcio La Esperanza cubrirán el 50% y el excurador urbano el 20%. Los demandantes recibirán compensaciones por los perjuicios materiales ocasionados, según la proporción establecida.
La sentencia subraya la importancia del cumplimiento riguroso de las normas técnicas y de vigilancia en proyectos de construcción, especialmente cuando se trata de viviendas de interés social.