El Tribunal Administrativo de Boyacá ordenó al alcalde de Tunja cumplir con lo establecido en el artículo 177 de la Ley 136 de 1994, contratando una póliza de seguro de vida por muerte violenta en favor del personero municipal.
La decisión revoca un fallo anterior que había declarado improcedente la acción, bajo el argumento de que no existía apropiación presupuestal para cubrir ese gasto. Sin embargo, el Tribunal determinó que sí hay recursos disponibles en el presupuesto municipal, específicamente en el rubro A.2.1.2.02.02.007.01 del Decreto 0477 de 2024, con una asignación de $1.100 millones para seguros.
Con esta decisión, la administración municipal deberá garantizar la contratación del seguro durante todo el período institucional 2024–2028, asegurando la protección y estabilidad legal del personero en el ejercicio de sus funciones.