La ausencia de licencias de construcción u otros requisitos formales no puede ser excusa para negar el acceso al servicio de alcantarillado. Así lo ratificó la justicia administrativa al ordenar al municipio de Tunja garantizar este servicio básico a los habitantes del sector Villa del Rosario – Runta Abajo – Bomba Cootax.
La decisión se produjo tras una acción popular presentada por la Defensoría del Pueblo Regional Boyacá, que denunció la vulneración de derechos colectivos de la comunidad por la falta de infraestructura para el manejo de aguas residuales. En primera instancia, el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Tunja declaró responsable al municipio y le impuso un cronograma de acciones que incluye estudios técnicos, apropiaciones presupuestales, contratación y ejecución de las obras necesarias.
El fallo fue confirmado por el Tribunal Administrativo de Boyacá, que respaldó la prioridad de conectar el sector a la red urbana de alcantarillado o, en su defecto, implementar una alternativa técnica viable, descartando el uso de pozos sépticos. Además, se estableció que el costo del servicio no podrá ser superior al que pagan otros sectores urbanos del mismo estrato socioeconómico.
Aunque Veolia Aguas de Tunja fue desvinculada del proceso, el tribunal instó a la empresa a colaborar técnicamente con el municipio. La sentencia refuerza el principio de que el acceso a los servicios públicos esenciales prevalece sobre las irregularidades urbanísticas y reafirma el deber de las autoridades de proteger la salud y el bienestar colectivo.