El Tribunal Administrativo de Boyacá negó las pretensiones de Veolia Aguas de Tunja S.A. E.S.P. en el proceso judicial que buscaba anular el cobro de $1.682 millones por concepto de tasa retributiva por vertimientos correspondiente a 2023. La decisión respalda la legalidad de la liquidación realizada por Corpoboyacá.
La controversia se originó porque Veolia consideraba que debía aplicarse un factor regional de 1,00, conforme a la Ley 2294 de 2023, en lugar de los factores utilizados por la autoridad ambiental: 5,50 para demanda bioquímica de oxígeno (DBO5) y 3,34 para sólidos suspendidos totales (SST).
Sin embargo, el Tribunal determinó que el beneficio establecido por dicha ley debía aplicarse desde la vigencia 2024 y no podía modificar retroactivamente la liquidación correspondiente a 2023, debido a que la tasa retributiva es un tributo de período anual.
La empresa también cuestionó el uso de mediciones realizadas por Corpoboyacá para establecer la carga contaminante de varios meses. Frente a este argumento, la Sala concluyó que la autoridad ambiental estaba facultada para utilizar los resultados de sus propios monitoreos, debido a que la autodeclaración presentada por Veolia no contenía información mensual suficiente y presentaba diferencias frente a otras mediciones.
Con esta decisión, el Tribunal mantuvo en firme la factura por $1.682.386.178 y negó la solicitud de reliquidación presentada por la empresa. El pronunciamiento, fechado el 15 de octubre de 2026 y divulgado por la Relatoría del Tribunal el 5 de noviembre, se conoce en un momento de transición normativa para el sector. El Decreto 1553 de 2024 modificó la metodología de cobro de la tasa retributiva y su aplicación comenzó para el período 2025, cuyos actos administrativos de cobro se reflejarán en 2026.