Superindustria ordena embargo de cuentas bancarias a constructoras por construir edificios sin sismo resistencia
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha tomado medidas drásticas contra las constructoras responsables de edificaciones deficientes en Bogotá. En una acción sin precedentes, la SIC ha ordenado el embargo de cuentas bancarias de las empresas constructoras Inversiones Alcabama S.A. y Estrategia Urbana S.A.S., quienes edificaron el controvertido «Edificio Dimonti II» sin cumplir con las normas de sismo resistencia.
Este caso se inició a raíz de una demanda presentada por dos ciudadanos propietarios de inmuebles adquiridos en 2012 en Bogotá. Estos ciudadanos demostraron que sus propiedades presentan graves problemas estructurales, incluyendo hundimientos, deterioros, agrietamientos y resquebrajamientos, que ponen en peligro la seguridad de quienes los habitan.
La investigación de la SIC reveló que el Edificio Dimonti II fue construido sin seguir las exigencias de calidad e idoneidad necesarias, lo que imposibilita su habitabilidad en condiciones seguras. Ante esta situación, la Superindustria ha actuado en defensa de los derechos de los consumidores y ha decretado de urgencia una medida cautelar de embargo de cuentas bancarias.
«Como autoridad de protección al consumidor, la Superindustria determinó que dichas firmas constructoras no construyeron el edificio «DIMONTI II» con observancia de las normas de sismo resistencia, y tampoco efectuaron, en su oportunidad, las imprescindibles reparaciones», declaró la entidad de control en un comunicado oficial.
La medida cautelar de embargo de cuentas bancarias tiene como objetivo salvaguardar las pretensiones de las personas que adquirieron apartamentos en el Edificio Dimonti II, asegurando así que puedan recibir una reparación efectiva por los daños sufridos y protegiendo su seguridad y patrimonio.
Las constructoras demandadas han sido acusadas de transgredir el derecho de garantía y el derecho a la reparación efectiva, según lo establecido en la legislación colombiana. La SIC considera que la medida cautelar es proporcional y necesaria, dado el alto riesgo de colapso de la estructura del edificio.
El embargo de cuentas bancarias afecta a todas las cuentas de ahorros y corrientes, CDT y similares de las dos constructoras en entidades financieras dentro del territorio nacional. Es importante destacar que Fiduciaria Bogotá S.A. no fue parte del proceso, ya que no fue demandada en calidad de administradora y vocera del patrimonio autónomo Las Flores.
Con esta acción, la Superindustria reafirma su compromiso con la protección de los derechos de los consumidores y envía un claro mensaje a las constructoras sobre la importancia de cumplir con las normativas de construcción para garantizar la seguridad y bienestar de quienes adquieren sus propiedades.