Consejo de Estado falla a favor de Acerías Paz del Río en disputa con Nobsa por impuesto de alumbrado público
El Consejo de Estado emitió recientemente un fallo determinante en el pleito legal entre el municipio de Nobsa, en Boyacá, y la empresa Acerías Paz del Río, relacionado con el impuesto de alumbrado público correspondiente a los períodos gravables entre 2015 y 2017.
En su decisión, el Consejo de Estado declaró la nulidad de los actos administrativos mediante los cuales la Secretaría de Hacienda de Nobsa había determinado el monto del impuesto de alumbrado público que Acerías Paz del Río debía pagar durante esos tres años.
La disputa legal se originó cuando la administración municipal decidió imponer el pago del impuesto directamente a la empresa siderúrgica, lo que llevó a Acerías Paz del Río a presentar una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho. Según la empresa, la responsabilidad del recaudo del impuesto recaía en la empresa comercializadora del servicio de energía, en su calidad de agente retenedor.
El Consejo de Estado respaldó la posición de Acerías Paz del Río al declarar nulos los actos administrativos en los que la Secretaría de Hacienda había determinado directamente el valor del impuesto a pagar. En su fallo, el Consejo de Estado argumentó que, en situaciones donde el agente retenedor asume la responsabilidad del recaudo del tributo, la administración municipal no puede ejercer acciones directas contra el contribuyente.
Esta decisión del Consejo de Estado representa un importante precedente en materia tributaria y administrativa, ya que establece claridad en cuanto a las responsabilidades de las partes involucradas en el recaudo de impuestos municipales. Asimismo, resalta la importancia de que las autoridades actúen en concordancia con las disposiciones legales vigentes para evitar controversias y conflictos innecesarios con los contribuyentes.