Reforma pensional en Colombia: Un paso hacia la inclusión y dignidad para los adultos mayores
Este martes, en la emblemática Plaza de Bolívar, el presidente Gustavo Petro sancionará la nueva Ley de Reforma Pensional, un hito significativo para los adultos mayores en Colombia. Esta ley busca establecer un Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, que ofrecerá pensiones inclusivas y en condiciones de dignidad tanto para los residentes en el país como para aquellos en el exterior.
Pilares del nuevo sistema
La reforma, que entrará en vigor el 1° de julio de 2025, se estructura en cuatro pilares clave:
Cobertura para adultos mayores en condiciones vulnerables:
Hombres mayores de 65 años y mujeres mayores de 60 años.
Personas con discapacidad, hombres mayores de 55 años y mujeres mayores de 50 años con una pérdida de capacidad laboral del 50% o más.
Aquellos en pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad (hasta el nivel C3 del Sisbén) recibirán una renta de 223,800 pesos, el umbral de pobreza extrema proyectado para 2024.
Renta vitalicia:
Para personas que no alcanzaron a pensionarse pero tienen semanas cotizadas en Colpensiones o ahorros en cuentas individuales.
Requisito: hombres mayores de 65 años con mínimo 300 semanas cotizadas, y mujeres mayores de 60 años con máximo 999 semanas cotizadas.
Se otorgará una renta vitalicia basada en los ahorros más un 3% anual efectivo, junto con un subsidio del 20% para hombres y 30% para mujeres.
Pilar solidario:
Cobertura para colombianos mayores de 65 años (hombres) y 60 años (mujeres) que contribuyeron entre 300 y menos de 1,000 semanas.
Permite acceder a una pensión integral de vejez, invalidez o sobrevivientes.
Complementariedad entre Colpensiones y Afps:
Colpensiones gestionará los aportes hasta 2.3 salarios mínimos, y las AFPs gestionarán el excedente.
Estas prestaciones se unirán para conformar una única pensión de vejez, reconocida en un plazo no mayor a cuatro meses tras la solicitud.
Garantías y ahorros
El Estado garantiza los ahorros de los afiliados y el pago del componente complementario de Ahorro Individual en caso de incumplimiento por parte de las administradoras.
Las mujeres con ingresos menores a un salario mínimo podrán realizar aportes al pilar contributivo sin necesidad de pagar el aporte obligatorio en salud.
Cotizaciones y aportes
La tasa de cotización en el Pilar Contributivo será del 16% del ingreso base, con el 75% a cargo de los empleadores y el 25% a cargo de los trabajadores.
Ingresos mensuales iguales o superiores a cuatro salarios mínimos tendrán un aporte adicional del 1.5% destinado al Fondo de Solidaridad Pensional.
Para ingresos iguales o superiores a siete salarios mínimos, el aporte adicional variará entre 1.8% y 3%, según el nivel de ingreso.
Transición y respeto a derechos adquiridos
Se establece un régimen de transición para quienes, al 1° de julio de 2025, cuenten con 900 semanas cotizadas (hombres) o 750 semanas (mujeres), respetando las condiciones del régimen anterior (Ley 100 de 1993).
Las personas pensionadas mantendrán sus condiciones actuales.
Quienes tengan menos de 10 años para pensionarse y cumplan con el requisito de semanas cotizadas podrán elegir el régimen que más les convenga tras recibir asesoría.
Implementación y monitoreo
El nuevo sistema funcionará bajo un esquema de fondos generacionales, destinando las cotizaciones de una generación para el pago de sus propias pensiones. Un Fondo de Ahorro, administrado por el Banco de la República, respaldará el Pilar Contributivo y se utilizará exclusivamente para el pago de pensiones.
Con esta reforma, el gobierno de Gustavo Petro busca no solo brindar seguridad económica a los adultos mayores, sino también promover un sistema de pensiones más justo e inclusivo para todos los colombianos.