¡Indemnización denegada! Tribunal exime al municipio de Sogamoso de responsabilidad por suspensión de obra en viviendas de interés social
En un polémico fallo que ha generado controversia, el Tribunal Administrativo de Boyacá negó la indemnización solicitada por un grupo de familias afectadas por la suspensión de una obra de viviendas en el municipio de Sogamoso. El caso involucra a la Asociación de Vivienda de Interés Social Las Rocas (AVIS Las Rocas), que había adquirido terrenos en una zona con alta probabilidad de contener restos arqueológicos.
El conflicto se remonta a 2015, cuando, tras obtener todos los permisos correspondientes, la asociación comenzó la construcción de 23 casas y un salón social en terrenos situados en Sogamoso. Sin embargo, en mayo de 2016, la Oficina de Planeación Municipal suspendió la obra tras el hallazgo de material arqueológico en el predio. Esta interrupción, a pesar de ser una medida en cumplimiento de las leyes de protección patrimonial, dejó a las familias en una situación de incertidumbre y sin sus viviendas.
El origen del conflicto radica en la omisión de la administración municipal al no reglamentar adecuadamente el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), lo que generó un vacío legal en el que las licencias de construcción fueron otorgadas sin considerar los aspectos vinculados al patrimonio arqueológico, como exige la ley.
A pesar de los esfuerzos de los afectados, el Tribunal Administrativo de Boyacá dictó una sentencia que revocó la decisión de primera instancia. Aunque reconoció que la suspensión de la obra fue legítima y en favor del interés público, concluyó que los demandantes no podían reclamar indemnización. El tribunal argumentó que los miembros de AVIS Las Rocas, al adquirir terrenos en una zona con alto potencial arqueológico, asumieron el riesgo de que pudieran encontrarse vestigios que implicaran restricciones en la construcción.
El fallo ha desatado un debate sobre la responsabilidad del Estado en la protección de derechos fundamentales como la propiedad privada, especialmente cuando se intersecta con la preservación del patrimonio cultural. ¿Debería el municipio indemnizar a las familias afectadas, o simplemente se trata de una carga que los propietarios deben asumir debido a la naturaleza de la zona en la que decidieron invertir?
Este caso, que pone en juego la tensión entre el desarrollo urbano y la protección del patrimonio, marca un precedente importante en la interpretación de las leyes de ordenamiento territorial y la responsabilidad del Estado en el marco de proyectos de interés social.