El Tribunal Administrativo de Boyacá confirmó la nulidad del Acuerdo Municipal No. 13 de 2020, mediante el cual se adoptó el Plan de Desarrollo Territorial de Santa Rosa de Viterbo. La decisión se fundamentó en el incumplimiento sustancial del principio de participación ciudadana durante el trámite ante el Consejo Territorial de Planeación.
La sala determinó que el concepto emitido por el Consejo no contó con la participación de varios sectores clave, como comercio, salud, profesional, juntas de acción comunal rural, tercera edad y transportadores. Algunos representantes habían renunciado y otros, pese a estar previstos en la estructura del órgano, no intervinieron. Esto evidenció que no existió una deliberación amplia y representativa, afectando la esencia participativa exigida por la ley.
El Tribunal concluyó que, aunque formalmente se emitió un concepto favorable, este no podía subsanar las irregularidades en la conformación y funcionamiento del Consejo. Señaló además que no se probó que el proyecto hubiese sido radicado en la fecha alegada por el municipio, por lo que no era viable argumentar silencio administrativo para continuar el trámite.
En consecuencia, la corporación judicial reiteró que la participación ciudadana no es un simple requisito formal, sino un pilar constitucional en la planeación territorial, por lo que la intervención judicial buscó restablecer esta garantía fundamental.
