El concejal de Villa de Leyva Juan David Bermúdez Vergara perdió su investidura para el periodo 2024-2027, luego de que el Consejo de Estado revocara una decisión previa que lo favorecía y ordenara su salida del cargo.
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal profirió el fallo el 27 de agosto de 2026, dentro de un proceso que tiene un ingrediente poco común: quien demandó al concejal fue su propio padre, Carlos Eduardo Bermúdez Ruget.
El origen de la inhabilidad está en la Asociación de Suscriptores del Acueducto Mosocallo. Según estableció el Consejo de Estado, el padre del concejal ejerció la representación legal de esa entidad durante el año anterior a las elecciones del 29 de octubre de 2023, periodo que la ley considera clave para determinar inhabilidades.
Aunque se trata de una asociación privada sin ánimo de lucro, el alto tribunal concluyó que su objeto social la convierte en prestadora de servicios públicos domiciliarios, lo que activa la causal de inhabilidad por parentesco. Para los magistrados, bastaba con que el padre hubiera tenido esa condición durante el periodo señalado, sin necesidad de probar que ejerció funciones concretas como representante.
Durante el proceso, el concejal insistió en que desconocía por completo el papel de su padre en el acueducto, argumentando que ambos llevaban años distanciados por conflictos familiares. Aseguró que solo se enteró de la situación en 2024, al tramitar una petición relacionada con el servicio de agua de un predio, y sostuvo que de haber sabido a tiempo sobre la posible inhabilidad, habría buscado asesoría legal o incluso desistido de su aspiración política.
Esa versión no fue suficiente para el Consejo de Estado, que además consideró que el concepto jurídico presentado como respaldo durante el proceso no demostraba que el concejal hubiera recibido una orientación adecuada sobre las implicaciones de la causal que finalmente le costó el cargo.
El caso había tenido un giro distinto en primera instancia, cuando el Tribunal Administrativo de Boyacá negó la pérdida de investidura. Sin embargo, tras la apelación del padre demandante, la Sección Primera del Consejo de Estado revisó nuevamente el expediente y concluyó que sí estaban acreditados tanto los elementos objetivos de la inhabilidad como la culpa grave atribuida al concejal, lo que llevó a revocar el fallo del tribunal boyacense.
Con esta sentencia, que deberá quedar ejecutoriada antes de que el expediente regrese al tribunal de origen, Villa de Leyva pierde a uno de sus concejales elegidos en 2023, en un proceso que mezcla derecho administrativo con una historia familiar marcada por el distanciamiento entre padre e hijo.