Invalidado acuerdo del Concejo Municipal de Cubará por extralimitación de funciones
El Departamento de Boyacá ha invalidado el acuerdo N°004 del 29 de marzo de 2022, emanado del Concejo Municipal de Cubará, por considerarlo ilegal y como resultado de una extralimitación de funciones. Esta medida se tomó debido a la modificación del presupuesto del año 2022 del municipio, la cual se realizó sin la autorización correspondiente del alcalde, quien es la autoridad competente para dicha decisión.
El tribunal administrativo de Boyacá, tras un exhaustivo análisis del acuerdo cuestionado y las pruebas presentadas, determinó que el Concejo Municipal de Cubará había excedido sus facultades al realizar modificaciones presupuestales internas de recursos. Esta acción contradice la normativa constitucional, que establece que es el alcalde, y no el concejo municipal, quien debe autorizar cómo se deben invertir los dineros del erario público.
En este caso específico, el tribunal encontró que no existía evidencia de que el alcalde hubiera otorgado la autorización necesaria para las modificaciones presupuestales propuestas por el concejo. Según lo establecido en el artículo 351 de la Constitución, solo el alcalde puede autorizar cambios en el presupuesto municipal, a menos que se presenten excepciones contempladas en el artículo 341.
La Sala del tribunal resaltó que el Concejo Municipal de Cubará había desconocido esta atribución del alcalde al realizar reducciones de presupuesto sin su autorización. En consecuencia, el tribunal declaró la invalidez del Acuerdo Número 004 de 2022, ratificando así la necesidad de respetar las competencias establecidas en la ley y la Constitución en materia presupuestal y administrativa.
Esta decisión refleja la importancia de garantizar el debido cumplimiento de las normativas legales en la gestión de los recursos públicos, así como el respeto por las competencias y atribuciones de las autoridades municipales en la toma de decisiones presupuestales.