La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) definió el calendario mediante el cual cerca de siete millones de personas naturales deberán presentar su declaración de renta correspondiente al año gravable 2025, un trámite con el que la entidad espera recaudar aproximadamente 6,1 billones de pesos.
De acuerdo con el cronograma establecido en el Comunicado de Prensa 090, los vencimientos comenzarán el 12 de agosto, con las cédulas o NIT terminados en 01 y 02, y se extenderán hasta el 26 de octubre, fecha en la que deberán declarar quienes tengan identificación finalizada en 99 y 00. El calendario avanza por etapas mensuales: en agosto se cubrirán las terminaciones iniciales, en septiembre las comprendidas entre 27 y 66, y en octubre las restantes, desde 67 hasta 00.
La obligación de declarar aplica a quienes cumplan al menos una de varias condiciones fijadas para el año gravable 2025: haber sido responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) a 31 de diciembre de ese año; tener un patrimonio bruto superior a 4.500 unidades de valor tributario (UVT), equivalentes a 224.096.000 pesos; o registrar ingresos brutos, consumos con tarjeta de crédito, compras y consumos, o consignaciones bancarias e inversiones financieras superiores a 1.400 UVT, es decir, 69.719.000 pesos, durante 2025.
Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, la DIAN puso a disposición de los contribuyentes varias herramientas tecnológicas. Entre ellas se encuentra «Ayuda Renta», una plataforma que permite elaborar un borrador de la declaración, y un micrositio web con videos, tutoriales, instructivos y la programación de capacitaciones en todo el territorio nacional. La entidad también adelanta, desde mediados de junio, un ciclo de transmisiones en vivo todos los miércoles a las 3:00 de la tarde a través de sus redes sociales, con el fin de resolver dudas frecuentes de los declarantes.
La DIAN recomendó a los ciudadanos no esperar hasta el último día del plazo asignado, con el fin de evitar contratiempos que puedan derivar en sanciones por extemporaneidad.