El Tribunal Administrativo de Boyacá negó la suspensión provisional del artículo 47 del Acuerdo 054 de 2022 del Concejo de Tunja, que fija en 30 por mil la tarifa del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) para actividades financieras.
La medida había sido solicitada por Asobancaria dentro de la demanda que busca la nulidad parcial del artículo, argumentando que la tarifa supera el tope permitido por la Ley 2082 de 2021 y por el Acuerdo Distrital 816 de 2021 en Bogotá, donde la tasa es del 14 por mil.
Sin embargo, el despacho señaló que la solicitud no demostraba una violación manifiesta de normas superiores, ya que la Ley 2082 otorga autonomía a las ciudades capitales para adoptar tarifas según sus propias realidades económicas. Además, los eventuales perjuicios alegados por el gremio financiero fueron considerados hipotéticos y sin soporte probatorio.
La decisión no anticipa el fallo final, pues el análisis de fondo sobre la legalidad del acuerdo continuará en el proceso.